AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA

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Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Salamanca. Revisión-Adaptación 2004: Texto refundido:

  • ORDEN FOM/59/2007, de 22 de enero, sobre la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Salamanca.
BOCyL: 23/01/2007
BOP: 30/01/2007y 16/03/2007



Documento oficial:
Boletín Oficial de la Provincia del 30 de enero de 2007

Visor PGOU
Acceso al visor Interactivo del PGOU


Nota:


La información mostrada en el visor del PGOU corresponde al Texto refundido del 2007 con la incorporación de la Modificación nº 1 del PGOU : Puerto Seco.

Las modificaciones posteriores del Plan General deben consultarse en los enlaces correspondientes.

NOTA INFORMATIVA (1)

De acuerdo a lo dispuesto en la Disposición transitoria tercera, apartado b, de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo (BOCyL19/09/2014), los terrenos clasificados como suelo urbanizable no delimitado en el marco de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y cuya ordenación detallada no haya sido aprobada definitivamente, quedan clasificados de forma automática como suelo rústico común, a todos los efectos.

Por tanto, resultan afectados los siguientes sectores asignados por el PGOU (Publicado en BOCyL 23/01/2007) vigente:

Las Peñiscas II. Superficie afectada: 325.000 m²

Los Claudios. Superficie afectada: 1.405.300 m²

Los Pisones. Superficie afectada: 1.068.200 m²

Se recuerda, que de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición transitoria tercera, apartado c, de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo (BOCyL19/09/2014), los terrenos clasificados como suelo urbanizable delimitado en el marco de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y cuya ordenación detallada no haya sido aprobada definitivamente, quedan clasificados de forma automática como suelo rústico común, a todos los efectos a fecha de 19 de octubre de 2022.

Más información en la web de la Junta de Castilla y León. Pulse aquí

 

NOTA INFORMATIVA (2)
 
Por Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección 5.ª, en el Recurso de Casación 3177/2014, anula la categoría de suelo urbano no consolidado de los terrenos incluidos en el sector SUNC-49, manteniéndose vigentes el resto de determinaciones del PGOU de Salamanca (Revisión-Adaptación).
 


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